Licencia de Paternidad
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La licencia de paternidad no es un permiso que se pide de favor. Es un derecho reconocido por la Ley 2114 de 2021, remunerado, que fortalece el vínculo con el recién nacido, promueve la corresponsabilidad en el cuidado y protege la estabilidad laboral del padre.
Sigue siendo la licencia menos solicitada, y no porque los padres no la quieran: muchos no saben que existe o temen pedirla.
Cuánto dura
2 semanas de licencia remunerada, equivalentes a 14 días calendario, según la Ley 2114 de 2021.
Quiénes tienen derecho
- Trabajadores dependientes
- Servidores públicos
- Trabajadores independientes que estén cotizando a salud
Qué documentos se necesitan
- Certificado de nacimiento del bebé
- Certificación o acta donde conste el nacimiento
- Incapacidad de la EPS de la madre
Casos especiales
- Bebé prematuro. Se reconocen semanas adicionales.
- Parto múltiple. Se reconocen semanas adicionales.
- Adopción. Aplica igualmente la licencia de paternidad.
Si te la niegan o te la recortan
Si tu empleador te la niega, te presiona para no tomarla o te descuenta esos días, escríbenos. El equipo jurídico de la CTU-USCTRAB acompaña a los afiliados sin costo adicional.
Preguntas frecuentes
¿Los 14 días son hábiles o calendario?
Son 14 días calendario, así que los fines de semana y festivos se cuentan dentro de la licencia.
¿Me descuentan el salario de esos días?
No. Es una licencia remunerada, no un permiso sin pago.
¿Aplica en caso de adopción?
Sí. La adopción está contemplada como caso especial y da lugar a la licencia de paternidad.
¿Y si el bebé nace prematuro o hay parto múltiple?
En ambos casos se reconocen semanas adicionales a las dos que corresponden por regla general.
Consulta también la licencia de maternidad y la licencia por luto.
